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Derechos de los Trabajadores Inmigrantes Bajo las Nuevas Leyes Federales del Coronavirus

Actualizado 4/9/2020

El Congreso aprobó la Ley de Familias Primero Repuesta al Coronavirus (FFCRA, por sus siglas en inglés) y la Ley de Ayuda, Alivio y Seguridad Económica del Coronavirus (CARES, por sus siglas en inglés) para proporcionar un alivio de emergencia para los trabajadores y los negocios. Los trabajadores inmigrantes se encuentran al frente de la pandemia del coronavirus. A continuación, se abordan cuáles son las restricciones que pudieran aplicar para los trabajadores inmigrantes y sus familias.

Los programas creados por el Congreso para los que pudiera usted calificar incluyen:

  • Prueba gratuita del COVID-19.
  • Licencia de enfermedad pagada de emergencia y licencia familiar y licencia médica de emergencia.
  • Pagos directos en efectivo de $1200 a $2400, además de $500 por cada niño.
  • Ayuda a través de tres programas federales nuevos de Seguro de Desempleo por “Pandemia”:
  1. Asistencia de Desempleo por Pandemia (PUA, por sus siglas en inglés) proporciona beneficios de desempleo para aquellas personas que no son elegibles para los beneficios del Seguro de Desempleo Estatal (UI), como los trabajadores por obra y los contratistas independientes. Los beneficios del PUA estarán disponibles hasta el 31 de diciembre de 2020.
  2. Compensación de Desempleo de Emergencia por Pandemia (PEUC, por sus siglas en inglés) les da a los trabajadores 13 semanas extra de beneficios de UI estatales que serán incluidos al final de los beneficios UI del estado y estarán hasta el 12-31-2020
  3. Compensación de Desempleo por Pandemia (PUC, por sus siglas en inglés) proporciona $600 extra por semana que todos los beneficiarios del UI estatal, PEUC y PUA recibirán hasta el 31 de julio de 2020.

Desafortunadamente, millones de inmigrantes no son elegibles para uno o más de estos programas. Dependiendo del estado, los inmigrantes que no son elegibles para programas federales pudieran calificar para beneficios estatales, incluyendo:  

  • Programas de asistencia médica estatal o local (estos tienen diferentes nombres)
  • Beneficios estatales de desempleo; y
  • Licencia familiar y médica adicional pagada o licencia por enfermedad pagada además de las licencias por enfermedad y familiar federal pagadas.

Preguntas Frecuentes

P: ¿Qué inmigrantes pueden recibir la prueba gratuita del COVID-19?

R: Todas las personas, independientemente de su estatus migratorio, son elegibles para la prueba del virus COVID-10. El desafío es cumplir con los requisitos para realizar la prueba en su localidad y encontrar a un proveedor de cuidado de salud que proporcione la prueba sin costo alguno. Si tiene seguro médico a través de su empleador u otro seguro privado o público, y cumple con los requisitos para realizar la prueba, no deben de cobrarle. Eche un vistazo a nuestra página de Conozca Sus Derechos de Cuidado de Salud.

P: ¿Qué pasa con las personas que tienen DACA, TPS o que están indocumentados, tendrán ellos acceso a un tratamiento gratuito para el COVID-19?

R: Desafortunadamente, en la mayoría de los estados, si usted tiene DACA, TPS o una visa U, o incluso, en algunos casos, es portador de una tarjeta verde (residente permanente) que llegó en los últimos 5 años, pudiera tener una mayor dificultad para encontrar atención médica gratuita ya que el Congreso omitió aclarar que los inmigrantes, independientemente de su estatus, pueden obtener Medicaid para dicho propósito. Medicaid es el principal proveedor de fondos para el cuidado de salud para personas de ingresos bajos y moderados, y para nuevos inmigrantes que se encuentran en las categorías arriba mencionadas, siguen sin ser elegibles para Medicaid en la mayoría de los estados y deben buscar proveedores que no cobren por las pruebas. Las leyes estatales varían, y están cambiando rápidamente, así que, incluso si usted se encuentra en una de esas categorías, debe revisar con su proveedor de cuidado de salud para ver si califica para Medicaid en su estado para la prueba y el tratamiento del coronavirus.

P: ¿Son elegibles los trabajadores inmigrantes para la nueva licencia federal por enfermedad pagada por emergencia?

R: Todos los empleados del sector público y los empleados de negocios privados con menos de 500 empleados, que cumplen con una de las razones para calificar para tomar la licencia, están cubiertos bajo la nueva licencia por enfermedad pagada por emergencia. No hay excepciones explícitas de inmigrantes en los requisitos de elegibilidad para la nueva licencia por enfermedad pagada, pero estas disposiciones solamente ayudan a aquellos que están trabajando en una relación tradicional de empleo. Las disposiciones de la licencia por enfermedad pagada serán aplicadas por la división de Horas y Salarios del Departamento del Trabajo de EE. UU. la cual no pregunta sobre el estatus migratorio de los trabajadores. Pueden aplicar otras excepciones relacionadas a los empleados federales, trabajadores empleados en instalaciones del cuidado de salud, o empleadores con menos de 50 empleados.

P: ¿Son elegibles los trabajadores inmigrantes para la nueva licencia familiar y médica pagada por emergencia?

R:  Todos los empleados que han trabajado por al menos 30 días naturales para un gobierno estatal o local, o un negocio privado con menos de 500 empleado, pueden utilizar la licencia si no pueden trabajar ya que necesitan cuidar de un niño (menor de 18) debido al cierre de la escuela o guardería debido a una declaración de emergencia de salud pública relacionada con el coronavirus, realizada por una autoridad federal, estatal o local. Empleadores con menos de 50 empleados y proveedores del cuidado de salud pueden no estar obligados a cumplir con la ley. La ley de la licencia familiar y médica será aplicada por la División de Horas y Salarios del Departamento del Trabajo de los EE. UU., la cual no pregunta el estatus migratorio de los trabajadores.

P:  Si solicito la licencia por enfermedad pagada o la licencia familiar pagada, ¿puede mi empleador revisar mis documentos de autorización de trabajo?

R:  No hay un requisito para que su empleador le pida revisar sus documentos de autorización de trabajo nuevamente en base a que solicite tomar o debido a que haya tomado la licencia por enfermedad pagada o la licencia familiar pagada. Por ley, un empleador no está obligado a verificar los documentos de autorización de trabajo para empleados que continúan en su empleo. Si un empleador le pide verificar sus documentos de autorización de trabajo debido a que solicitó o tomó la licencia por enfermedad pagada o la licencia familiar pagada, su empleador pudiera estar violando leyes estatales y federales de antidiscriminación y en contra de represalias.

P: ¿Quién es elegible para pagos directos en efectivo?

R:  Todos los contribuyentes que ganaron hasta $75,000 y personas que reciben beneficios de seguro social serán elegibles para recibir $1200 para los individuos. Contribuyentes que hayan declarado juntos que ganan hasta $150,000 recibirán $2400 y $500 por cada hijo reclamado como dependiente.

P: ¿Qué tipo de identificación necesito para recibir los pagos directos en efectivo?

R:  Para recibir el pago en efectivo, debe contar con un número de seguro social válido (SSN, por sus siglas en inglés).  Esto significa que cada contribuyente individual, aquellos que realizan su declaración juntos, y cualquier dependiente enumerado en la declaración de impuestos debe tener un SSN válido para recibir el pago en efectivo. Si hizo su declaración de impuestos con un número de identificación de contribuyente (ITIN, por sus siglas en inglés) y no cuenta con un SSN válido, no es elegible para recibir el reembolso en efectivo.

P: ¿Cuáles son los requisitos para los Beneficios del Seguro de Desempleo?

R:  Cada estado tiene sus propios requisitos para el Seguro de Desempleo. Por lo general, tiene que estar desempleado sin ser su culpa y cumplir con los requisitos estatales de salarios ganados y tiempo trabajado.

P:  Si no soy ciudadano, pero tengo autorización para trabajar, ¿soy elegible para los Beneficios del Seguro de Desempleo?

R:  Solamente las personas que están legalmente autorizadas para trabajar son elegibles para el Seguro de Desempleo (UI, por sus siglas en inglés), el cual es un programa federal que los estados operan. Debe haber estado legalmente autorizado para trabajar mientras trabajaba y continuar estando autorizado para trabajar mientras está desempleado y solicitando el UI.

P:  Trabajo por cuenta propia, ¿soy elegible para los beneficios del seguro de desempleo bajo la nueva ley?

R:  La nueva ley federal proporciona beneficios de desempleo a contratistas independientes y a individuos que trabajan por cuenta propia. Cada estado tiene su propio proceso para solicitar el nuevo seguro de desempleo por desastre para los contratistas independientes. Revise con su agencia estatal para más información. Puede encontrar los requisitos de su estado aquí.

P:  No soy residente permanente legal, ¿me perjudicará recibir el pago directo en efectivo, los beneficios de desempleo o la prueba del COVID-19?

R:  No.  La regla de la carga pública no perjudica los beneficios ganados, como el seguro del desempleo, la prueba del COVID, pagos directos en efectivo de una ocasión, clínicas comunitarias de salud o la atención de emergencia. Para más información, eche un vistazo a nuestra sección de Conozca sus Derechos de Cuidado de Salud y Recursos para los Inmigrantes para el COVID-19.

P:  Declaré mis impuestos con un ITIN, ¿seré elegible para recibir los pagos directos en efectivo?

R: Desafortunadamente, no. Solo las personas con un SSN válido son elegibles para recibir los pagos directos en efectivo.

P: Mi esposo tiene un ITIN, pero yo soy ciudadana estadounidense. Declaramos nuestros impuestos juntos. ¿Seré elegible para los pagos directos en efectivo?

R: Desafortunadamente, no. Cada persona en el hogar debe tener un SSN válido para ser elegible para los pagos directos en efectivo. Una excepción aplica para las familias del ejército.

P: Mi cónyuge y yo no tenemos un SSN válido, pero tenemos dos hijos ciudadanos estadounidense, ¿recibiremos los $500 por cada niño?

R: Desafortunadamente, no.  Cada persona en el hogar debe tener un SSN válido para ser elegible para los pagos directos en efectivo. Una excepción aplica para las familias del ejército.

P: Mi hijo tiene 18 años y es estudiante. Ha estado trabajando y declarando sus impuestos él mismo. ¿Será elegible para el pago directo en efectivo?

R: Probablemente, ya que cada contribuyente es elegible para recibir el pago directo en efectivo.

P: Trabajo por cuenta propia, ¿soy elegible para los beneficios del seguro de desempleo bajo la nueva ley?

R: La nueva ley federal proporciona los beneficios del seguro de desempleo a contratistas independientes y a personas que trabajan por cuenta propia. Este nuevo programa, llamado Asistencia de Desempleo por Pandemia (PUA, por sus siglas en inglés), proporcionará hasta 39 semanas de beneficios a trabajadores por cuenta propia, a trabajadores independientes, a contratistas independientes, a trabajadores que buscan trabajo de medio tiempo y a trabajadores que no cuentan con un historial laboral suficiente para calificar para el desempleo. Debe tener una autorización de trabajo válida para recibir los beneficios de desempleo.    

P: Tengo DACA y mi trabajo cerró debido al coronavirus. ¿Soy elegible para recibir los beneficios del seguro de desempleo?

R: En la mayoría de los estados, los beneficiarios de DACA son elegibles para los beneficios de desempleo. Cada estado tiene sus propios requisitos para el seguro de desempleo. Por lo general, una persona debe haber estado legalmente autorizada para trabajar mientras está trabajando, y continúa estando autorizada para trabajar mientras se encuentra desempleada y solicitando los beneficios de desempleo.

P: Trabajo medio tiempo, ¿podré recibir los beneficios de desempleo?

R: Cada estado establece sus propios requisitos para el seguro de desempleo. Algunos estados les permiten a los trabajadores obtener beneficios de desempleo incluso si trabaja medio tiempo. Por lo general, califica para el desempleo si:
●    se encuentra sin trabajo sin ser su culpa.
●    Cumple con los requisitos mínimos del estado de salarios ganados o tiempo trabajado durante un período de tiempo llamado “período de base”.
●    puede, está disponible y está buscando empleo activamente.

P: Tengo 18 años y apenas comencé a trabajar el año pasado, me han recortado las horas en el trabajo, ¿podré solicitar el seguro de desempleo?

R: Cada estado establece sus propios requisitos para el seguro de desempleo. Por lo general, usted califica para el desempleo si:
●    se encuentra sin trabajo sin ser su culpa.
●    Cumple con los requisitos mínimos del estado de salarios ganados o tiempo trabajado durante un período de tiempo llamado “período de base”.
●    puede, está disponible y está buscando empleo activamente.
Si no cumple con los requisitos de su estado, pudiera ser elegible para los beneficios de desempleo a través de la nueva Asistencia de Desempleo por Pandemia (PUA, por sus sigla en inglés) del gobierno federal, la cual proporciona hasta 39 semanas de beneficios para los trabajadores por cuenta propia, los trabajadores independientes, contratistas independientes, trabajadores que buscan empleo de medio tiempo, y trabajadores que no cuentan con un historial laboral suficiente para calificar para el desempleo. Debe tener una autorización de trabajo válida para recibir los beneficios de desempleo.   

P: Trabajo con un número de ITIN y mi jefe me dijo que ya no me presentara a trabajar, ¿puedo recibir beneficios de desempleo?

R: Desafortunadamente, no. Solamente las personas que están legalmente autorizadas para trabajar pueden obtener beneficios de desempleo.  Sin embargo, pudiera haber recursos disponibles para trabajadores inmigrantes que no cuentan con una autorización de trabajo. Puede encontrar recursos para trabajadores inmigrantes aquí.  

P: Tengo un permiso de trabajo, ¿califico para los beneficios del seguro de desempleo?

R: En la mayoría de los estados, sí. Cada estado tiene sus propios requisitos para el seguro de desempleo.  Generalmente, una persona debe haber estado legalmente autorizada para trabajar mientras trabajaba, y continúa estando autorizada para trabajar mientras se encuentra desempleada y solicitando los beneficios de desempleo. También debe cumplir con los requisitos estatales de ganancias mínimas y de tiempo trabajado.  
Además, conforme a la nueva ley, recibirá $600 dólares extra a la semana hasta el 31 de julio de 2020. Y, la nueva ley proporcionar 13 semanas adicionales de beneficios de desempleo al final de sus beneficios de desempleo estatal.

P: Me acaban de diagnosticar con coronavirus y no puedo trabajar, ¿qué hago?

R: Primero, avísele a su empleador sobre su diagnóstico y pida la licencia de trabajo.

Segundo, conforme a la nueva ley, usted pudiera ser elegible para la licencia por enfermedad pagada de emergencia. Los trabajadores de tiempo completo, que trabajan para empleadores con menos de 500 empleados, pueden tomar hasta dos semanas de licencia pagada. Los empleadores con menos de 50 empleados y los proveedores de cuidado de salud pueden estar exentos de este requisito de la ley. Para obtener esta licencia de parte de su empleador, debe proporcionar su nombre, fecha(s) en que está solicitando la licencia y una declaración hablada o escrita que explique qué no puede trabajar debido a una razón que califica referente al coronavirus, de conformidad con la ley. Para más información visite la página web de USDOL aquí.   

Tercero, usted pudiera ser elegible para más licencia por enfermedad pagada conforme a una ley estatal o local o a un contrato sindical.

Cuarto, si necesita tiempo adicional, pudiera ser elegible para licencia protegida en conformidad a leyes de licencia familiar médica existentes, si trabaja para un empleador con más de 50 empleados y ha trabajado por lo menos 1,250 horas en los últimos 12 meses.

Quinto, dependiendo en qué estado viva, pudiera calificar para el seguro de discapacidad estatal si necesita tomar más tiempo fuera debido a su enfermedad.

Sexto, si contrajo el coronavirus mientras trabajaba, pudiera ser elegible para los beneficios de compensación para el trabajador.

P: ¿Cómo solicito los beneficios de desempleo?

R: Para solicitar los beneficios de desempleo, necesitará presentar un reclamo con el programa de seguro de desempleo en el estado en donde trabajó. Dependiendo del estado, los reclamos pueden ser presentados en persona, por teléfono o en línea. Para más información puede visitar la página web de USDOL aquí.

P: Si aún estoy trabajando, ¿voy a ser elegible para el pago directo en efectivo?

R: Todo contribuyente será elegible para el pago directo en efectivo. El IRS se basará en las declaraciones de impuestos presentadas en 2018 y 2019 para enviar los pagos directos en efectivo. Puede encontrar más información acerca de los pagos directos en la página web del IRS aquí.

P: Estoy cuidando de mi esposo que tiene coronavirus y no puede trabajar, ¿qué beneficios puedo recibir?

R:

  1. De conformidad con la nueva ley, pudiera ser elegible para la licencia por enfermedad pagada de emergencia. Los trabajadores de tiempo completo, que trabajen para empleadores con menos de 500 empleados, pueden tomar hasta dos semanas de licencia pagada. Los trabajadores que trabajan para empleadores con menos de 50 empleado o que trabajan para proveedores del cuidado de salud pueden estar exentos de los requisitos de esta ley.
  2. Pudiera ser elegible para más licencia por enfermedad pagada de conformidad a una ley estatal o local o a un contrato sindical.
  3. Si necesita tiempo adicional, pudiera ser elegible para una licencia protegida bajo leyes para licencias familiares médicas existentes, si trabaja para un empleador con más de 50 empleados y ha trabajado durante al menos 1,250 horas en los últimos 12 meses.  

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