Lo que debe saber sobre el requisito de registro de no ciudadanos
EL REQUISITO DE REGISTRO ENTRARÁ EN VIGOR EL 11 DE ABRIL DE 2025. Si tiene alguna pregunta sobre este requisito o sobre cómo puede afectarle a usted o a su familia, consulte a un abogado de inmigración de confianza.
El 12 de marzo de 2025, la administración Trump emitió un Norma final provisional ("IFR"), en vigor desde el 11 de abril de 2025, que revive una disposición de la ley de inmigración de EE.UU. que lleva mucho tiempo sin aplicarse y que exige que todos los inmigrantes mayores de 14 años que entren en EE.UU. sin visado o que no hayan sido inspeccionados por las autoridades de inmigración o no hayan tenido contacto con ellas desde entonces, se "registren" ante el gobierno (y lleven consigo una prueba de su registro). La administración ha designado ahora un formulario para que los inmigrantes se "registren" a sí mismos y/o a sus hijos menores de 14 años y ha proporcionado detalles adicionales del proceso, a continuación.
¿Cuál es el requisito de registro?
El requisito de registro, promulgado durante la Segunda Guerra Mundial, es una disposición de la ley de inmigración que obliga a todos los no ciudadanos mayores de 14 años, que aún no hayan sido "registrados o se les hayan tomado las huellas dactilares", a registrarse ante el gobierno federal en un plazo de 30 días desde su llegada (o 30 días después de cumplir los 14 años). La ley también les permite ser procesados penalmente y acusados de un delito federal menor (hasta seis meses de prisión) y/o una multa si no se registran.
¿Es nuevo este requisito?
No. Este requisito ha existido en la ley durante más de medio siglo, pero con el tiempo quedó obsoleto, imposible de cumplir, y permaneció inactivo. Como tal, la ley se volvió inaplicable. En el pasado se han utilizado requisitos de registro similares para dirigirse a poblaciones vulnerables.
En el primer día de la administración, Trump firmó una orden ejecutiva que destacó esta disposición de la ley de inmigración y desde entonces ha dado instrucciones a los fiscales federales para priorizar los procesos penales por delitos relacionados con la inmigración, como la falta de registro. El 12 de marzo de 2025, la administración designó un nuevo formulario de registro, el Formulario G-325R, Información Biográfica (Registro), para que las personas se "registren."
¿Quién debe registrarse?
Deben registrarse todos los no ciudadanos mayores de 14 años a los que no se hayan tomado previamente las huellas dactilares ni hayan tenido contacto con las fuerzas del orden y que permanezcan en Estados Unidos más de 30 días. Los padres o tutores legales de los no ciudadanos menores de 14 años también deben registrarlos. Por ejemplo, según el IFR, esto puede incluir:
- Personas que "entraron sin inspección" o permiso y no han tenido contacto con las autoridades de inmigración desde entonces;
- Los que tienen estatuto de inmigrante temporal o expulsión aplazada, pero no tienen permiso de trabajo por ese motivo;
- canadienses que entraron en EE.UU. por un puerto terrestre; y
- Los que han solicitado, pero no se les ha concedido, determinadas ayudas de inmigración.
¿Quién NO tendrá que registrarse?
La IFR detalla las excepciones para las personas que se considera que ya han sido registradas por habérseles tomado las huellas dactilares o cuando se encuentran en su caso/proceso de inmigración, por ejemplo, quienes:
- Entró en EE.UU. con un visado o se le concedió la libertad condicional;
- Son titulares de la tarjeta verde o la han solicitado;
- Haber solicitado permiso para salir voluntariamente de EE.UU;
- Están en proceso de expulsión ante un tribunal de inmigración; o
- Tener un permiso de trabajo (en virtud de su TPS, Acción Diferida o solicitud de asilo, por ejemplo).
¿Cuál es el proceso de inscripción?
El IFR detalla que para registrarse, las personas tendrían que crear una cuenta en línea USCIS (myUSCIS) para sí mismos, o para su hijo, y luego completar G-325R Información Biográfica (Registro) en línea, para sí mismos o para sus hijos menores de 14 años de edad. Este formulario requiere: información personal; antecedentes de residencia, laborales, conyugales y familiares; e información de antecedentes, incluidos los antecedentes penales y de inmigración. La cumplimentación del formulario es gratuita y no se establece ningún plazo para que las personas que ya se encuentran en EE.UU. utilicen el proceso de registro (salvo para que los que cumplan 14 años se registren en los 30 días siguientes a su 14 cumpleaños). La norma también establece que las personas a las que se indique que se registren también deben comunicar al gobierno los cambios de domicilio en un plazo de 10 días desde que cambien de dirección.
¿Qué ocurre después de registrarse?
Tras el registro, la persona recibirá un aviso de "Cita de servicios biométricos", una cita para proporcionar huellas dactilares, una fotografía y una firma en un centro del USCIS. El USCIS utilizará estos datos biométricos para verificar la identidad y comprobar los antecedentes y la seguridad, incluidos los antecedentes penales, y expedirá una "Prueba de registro de extranjero" a la persona. Esto no otorgará a nadie ningún tipo de estatus legal ni protección frente a la deportación. Por el contrario, los defensores supuestamente temen que la Administración planea utilizar la información que recopilan para detener y deportar a personas, dado su objetivo declarado de usar el requisito para rastrear y obligar a la gente a salir de EE.UU.
Un tribunal federal denegó una demanda que pretendía bloquear el requisito.
El 10 de abril de 2025, un juez de un tribunal federal denegó una solicitud de suspensión del requisito de registro en el caso Coalición por los Derechos Humanos de los Inmigrantes contra el DHS, 1:25-cv-00943 (D.D.C.) que permite que el requisito de registro entre en vigor el 11 de abril de 2025.
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