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Actualizado el 6/10/2025

Permiso de permanencia temporal para CHNV tras la decisión de la Suprema Corte: Lo que debe saber

El viernes 30 de mayo de 2025, la Suprema Corte de Justicia de los Estados Unidos otorgó la petición del DHS de bloquear una orden de un tribunal inferior que protegía a unos 532.000 cubanos, haitianos, nicaragüenses y venezolanos que entraron en los EE.UU. en virtud de los procesos del permiso de permanencia temporal para CHNV. Como resultado, la decisión de la administración de poner fin anticipadamente al permiso y la autorización de trabajo relacionada está en vigor mientras continúe el caso judicial. Sin embargo, las personas que tienen una base legal, por ejemplo, una solicitud de asilo pendiente, pueden permanecer en los EE.UU. Es importante que cualquier persona en situación de permiso de permanencia temporal CHNV consulte inmediatamente con un abogado de inmigración de confianza.

¿Qué es el programa de permanencia temporal para CHNV?

El programa de permanencia temporal de la era Biden para venezolanos y sus familiares directos se anunció en octubre de 2022. El 6 de enero de 2023, la administración Biden anunció un proceso similar por medio del cual, cubanos, haitianos, nicaragüenses y sus familiares directos podían utilizar un mecanismo legal, conocido como "permiso humanitario", para venir a EE.UU. durante un periodo de dos años a vivir y trabajar legalmente si tenían un patrocinador en EE.UU. y pasaban una comprobación de antecedentes. Aproximadamente 532.000 personas obtuvieron el permiso de permanencia temporal humanitaria en virtud del programa y la autorización de trabajo correspondiente.

¿Cuál es la situación actual del programa de permanencia temporal para CHNV?

El 20 de enero de 2025, Trump firmó una Orden Ejecutiva, "Asegurar nuestras fronteras"en la que pedía específicamente el fin del programa de permanencia temporal para CHNV.

  • El 25 de marzo, el DHS emitió un aviso en el Registro Federal por el que se ponía fin formalmente a los procesos de permanencia temporal para CHNV, poniendo fin al programa y a la permanencia temporal para aquellos que entraron a través del programa de permanencia temporal para CHNV.
  • El 14 de abril, un juez federal dejó en suspenso los esfuerzos de la administración para poner fin anticipadamente a la CHNV, lo que permitió que los beneficiarios del permiso de permanencia temporal para CHNV siguieran teniendo protección frente a la deportación y autorización de trabajo.
  • El 30 de mayo, la decisión de la Suprema Corte eliminó el bloqueo del tribunal inferior y permitió a la administración poner fin anticipadamente al permiso de permanencia temporal para CHNV y a la autorización de trabajo relacionada.
  • El 6 de junio, el DHS publicó una alerta en la que indicaba que "podría proceder a poner fin" al permiso de permanencia temporal para CHNV y revocar la autorización de trabajo relacionada y que las personas "recibirán una notificación en su cuenta myUSCIS".

¿Qué significa la finalización anticipada del programa de permanencia temporal para CHNV?

  • Para quienes entraron en EE.UU. en virtud de los procesos del permiso de permanencia temporal para CHNV, su permiso finalizará,a menos que una decisión judicial establezca lo contrario.
  • La autorización de empleo relacionada de las personas en permiso de permanencia temporal para CHNV (concedida bajo la categoría c(11)) también finalizará (como se detalla en el aviso de revocación que el DHS enviará a las personas)a menos que las personas hayan obtenido o solicitado otro estatus que proporcione autorización de trabajo, como una solicitud de asilo pendiente.
  • A las personas en permiso de permanencia temporal que no tengan un fundamento legal para permanecer en EE.UU. tras la finalización del permiso de permanencia temporal para CHNV se les pedirá que abandonen el país.
  • El DHS ha declarado que tiene la intención de dar prioridad a la deportación de las personas con permiso de permanencia temporal para CHNV que no salgan de los EE.UU. y no tengan una base legal para permanecer en los EE.UU. Las personas con una base legal para permanecer en los EE.UU. son generalmente aquellas que han solicitado (o han sido beneficiarias de) otras formas de alivio de la inmigración que les permitirían permanecer en los EE.UU. tras la terminación de su permiso de permanencia temporal.
  • Está claro que el ICE cuenta con que las personas con permiso de permanencia temporal para CHNV se "auto deporten", ya que el ICE no tiene capacidad para buscar y deportar a más de 500.000 personas con permiso de permanencia temporal.

¿Qué pasa si mi empleador me pide que demuestre mi autorización de trabajo?

  • Actualmente, no está claro cómo se informaría a un empleador de que una persona con permiso de permanencia temporal para CHNV ha recibido notificación (a través de una cuenta myUSCIS) de que el DHS ha revocado su autorización de trabajo relacionada con el CHNV. Sin embargo, si el empleador sabe que USCIS ha emitido al beneficiario de CHNV la notificación legalmente requerida de la revocación de su autorización de trabajo, por ejemplo, si un empleador E-Verify recibe la notificación de dicha revocación a través del sistema E-Verify, los empleadores podrán verificar de nuevo la autorización de trabajo de cualquier empleado con permiso de permanencia temporal para CHNV [EAD categoría c(11)].
    • Cualquier persona con permiso de permanencia temporal para CHNV que haya solicitado otra ayuda de inmigración puede estar autorizada a trabajar en virtud de esas solicitudes pendientes, como el TPS o el asilo, y puede proporcionar a sus empleadores pruebas de otras formas de autorización de empleo para actualizar sus registros.
  • Si está representado por un sindicato, póngase en contacto con su representante sindical.

¿Qué debo hacer si mi autorización de trabajo y mi situación de permiso de permanencia temporal para CHNV han finalizado?

  • Póngase en contacto con su representante sindical. Tu sindicato puede negociar con tu empresa una excedencia no retribuida, una indemnización por despido u otras prestaciones por separación del servicio.
  • Póngase en contacto inmediatamente con un abogado de inmigración de confianza. Cuidado con los "notarios" o estafadores. Encuentre un proveedor de servicios legales de confianza cerca de usted

¿Cuál es la situación del recurso judicial pendiente contra esta rescisión?

A finales de febrero, 11 personas -ocho que entraron en EE.UU. a través de un programa de permiso humanitario y tres patrocinadores- y la Haitian Bridge Alliance demandaron a la administración impugnando la finalización de los programas de permisos humanitarios, incluido el programa CHNV. La demanda también impugna la orden de la Administración de suspender la tramitación de las solicitudes de permisos de permanencia temporal pendientes y cualquier otra forma alternativa de ayuda a la que puedan optar los solicitantes, como el asilo y el TPS. Los demandantes están representados por el Justice Action Center y Human Rights First. El caso es Svitlana Doe contra Noem, 1:25-cv-10495 (D. Mass.).

El 29 de mayo, un juez federal ordenó al DHS que siguiera tramitando las solicitudes de permiso de permanencia ya existentes, autorización de empleo, inmigración familiar y otras solicitudes de inmigración para las personas que recibieron el permiso en los EE.UU. de Ucrania y Afganistán, los países CHNV, y los que formaban parte del programa de menores centroamericanos y el programa de Permiso de Permanencia Temporal militar. En este momento, no está claro si la orden de la Suprema Corte del 30 de mayo aplica a las personas que recibieron el permiso de permanencia temporal en virtud de estos otros programas. Todavía pueden presentarse solicitudes de asilo. El juez federal aún no se ha pronunciado sobre el fondo de este caso, sobre si la administración está legalmente autorizada a poner fin anticipadamente al CHNV y a otros programas de permiso de permanencia. Esta cuestión sigue pendiente ante el tribunal. Les mantendremos informados de la evolución de la situación.

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